10 septiembre, 2026
¿Qué pasa si superas el límite de ingresos en RESICO?
Límite de ingresos RESICO: 5 claves esenciales si superas los $3.5 millones
El límite de ingresos RESICO es uno de los requisitos más importantes para permanecer en el Régimen Simplificado de Confianza. Aunque este régimen facilita el cumplimiento de ciertos contribuyentes, hay que respetar el tope que marca la legislación fiscal.
De acuerdo con el artículo 113-E de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), las personas físicas con actividades empresariales, profesionales o de uso o goce temporal de bienes pueden tributar en RESICO si sus ingresos no excedieron de $3,500,000 pesos en el ejercicio inmediato anterior.
Pero ¿qué pasa si ya estás en RESICO y superas ese monto durante el año? En ese caso, dejas de aplicar las disposiciones de RESICO y debes tributar conforme al régimen que te corresponda a partir del mes siguiente a aquel en que excediste el límite. Por ello, conviene saber cuándo se considera superado el límite de ingresos RESICO, qué consecuencias tiene y qué hacer después.
También puedes revisar qué es RESICO y los errores en RESICO más frecuentes.

Contenido de esta guía
- Cuál es el límite de ingresos
- Qué pasa si lo superas durante el año
- Qué hacer después de rebasarlo
- Cómo se calculan los ingresos y qué cuenta
- ISR al salir, volver a RESICO y monitoreo
1. ¿Cuál es el límite de ingresos para RESICO?
El artículo 113-E establece que las personas físicas pueden tributar en RESICO cuando realicen actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento y sus ingresos propios de esas actividades, del ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido de $3,500,000 pesos. Ese es el límite de ingresos RESICO de referencia.
Quienes inician actividades también pueden optar por RESICO si estiman que sus ingresos del ejercicio no excederán ese tope. Cuando las operaciones abarcan menos de doce meses, la propia Ley prevé un procedimiento para anualizar ingresos y verificar el cumplimiento.
2. ¿Qué pasa si durante el año superas los $3.5 millones?
Según el artículo 113-E, cuando los ingresos exceden de $3,500,000 pesos en cualquier momento del año, dejan de ser aplicables las disposiciones de RESICO. En consecuencia, debes determinar y pagar el ISR conforme al régimen que te corresponda a partir del mes siguiente a aquel en que superaste el límite.
Dependiendo de tu actividad, podrías pasar al régimen de actividades empresariales y profesionales o al de arrendamiento, según corresponda. Además, la Ley indica que la autoridad fiscal podrá asignarte el régimen aplicable sin que presentes una solicitud. Consulta también los criterios del SAT.
Ejemplo práctico
Supongamos que prestas servicios profesionales y en 2026 tributas en RESICO. Al cerrar septiembre acumulas $3,300,000 y en octubre cobras $350,000 más. El acumulado llega a $3,650,000, así que el límite de ingresos RESICO se supera en octubre.
En consecuencia, a partir de noviembre dejas de tributar bajo RESICO y determinas el ISR conforme al régimen que corresponda. Este ejemplo muestra por qué conviene llevar un control periódico de ingresos acumulados: el cambio puede ocurrir antes de que termine el año.
3. ¿Qué debe hacer el contribuyente después de superar el límite?
Si durante el ejercicio superas los $3,500,000 pesos, debes cambiar de régimen y cumplir las obligaciones del nuevo esquema. Considera estos pasos:
1. Identificar cuándo se superó el límite. El mes en que se rebasó el monto define desde cuándo aplican las obligaciones del nuevo régimen.
2. Actualizar actividades y obligaciones ante el SAT. Presenta el Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, conforme a los procedimientos aplicables. Según tu actividad, puede corresponderte el régimen de actividades empresariales y profesionales o el de arrendamiento, entre otros supuestos.
3. Determinar los pagos provisionales correspondientes. Al salir de RESICO puede cambiar la forma de calcular el ISR. Revisa los pagos provisionales del ejercicio y aplica el procedimiento de la legislación y de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, considerando los pagos de ISR hechos antes bajo RESICO.
4. Cumplir las obligaciones del nuevo régimen. Incluye pagos provisionales y declaración anual, más las obligaciones que deriven de tu actividad.
Por lo tanto, superar el límite de ingresos RESICO no es solo un cambio de etiqueta: puede modificar cómo calculas, declaras y pagas el ISR. Un control periódico te permite anticipar la transición.
4. ¿Cómo se calculan los ingresos y qué cuenta para el límite?
RESICO para personas físicas toma como referencia los ingresos efectivamente cobrados. El artículo 113-E indica que, para los pagos mensuales, se considera el total de ingresos de las actividades correspondientes amparados por CFDI y efectivamente cobrados, sin incluir el IVA.
Emitir una factura no significa, por sí sola, que el ingreso deba considerarse cobrado en ese momento. Hay que revisar cuándo se recibió el pago y cómo está documentada la operación. Para el flujo operativo, también ayuda cómo declarar RESICO.
Además, no todos los ingresos de una persona física necesariamente entran al tope de $3,500,000. La Resolución Miscelánea Fiscal contempla supuestos en los que ciertos ingresos no se toman en cuenta para calcular el límite de ingresos RESICO, si se cumplen las condiciones aplicables.
Por esta razón, recibir un ingreso adicional o distinto al habitual no implica automáticamente haber excedido el tope. Antes de acumularlo, analiza su naturaleza, origen y tratamiento fiscal. En consecuencia, el límite no se evalúa solo con el total de depósitos del año, sino conforme al tratamiento fiscal de cada ingreso.

5. ISR al salir, volver a RESICO y monitoreo durante el año
Superar el tope puede tener un impacto importante en la carga fiscal, porque cambia la forma de determinar el ISR. En RESICO, el impuesto se calcula con las tasas del régimen sobre ingresos efectivamente cobrados, sin IVA y sin deducciones, conforme a la LISR. Al salir, pagas según las reglas del régimen que te corresponda.
Cuando te acerques a $3.5 millones, conviene hacer una proyección fiscal para anticipar el cambio, estimar su impacto y planear las nuevas obligaciones.
¿Puedes volver a RESICO después de superar el límite?
Sí, con condiciones. El artículo 113-E indica que quienes salieron por exceder el límite de $3.5 millones pueden volver si:
- Los ingresos del ejercicio inmediato anterior no exceden de $3,500,000 pesos; y
- Están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Es distinto salir por incumplimiento de otras obligaciones: la Ley prevé consecuencias diferentes.
La importancia de monitorear los ingresos
Un error frecuente es revisar el límite de ingresos RESICO solo al preparar la declaración anual. El seguimiento debe hacerse durante todo el ejercicio, porque alcanzar o superar el tope puede cambiar la forma de tributar.
Por ejemplo, si al cierre de agosto ya acumulas $3,100,000 y tienes $700,000 pendientes de cobro, no conviene esperar al cierre del año. Identificar cuándo podrías rebasar el límite permite planear la transición, revisar obligaciones, ajustar impuestos y evitar errores posteriores. En materia fiscal, no basta conocer el límite: hay que monitorear cuándo estás por alcanzarlo.
Si quieres un flujo guiado mes a mes, revisa los pasos para enviar contabilidad o el calendario fiscal RESICO.
Conclusión
En resumen, el límite de ingresos RESICO de $3,500,000 pesos es un requisito fundamental para permanecer en el régimen. Si los ingresos correspondientes exceden ese monto durante el año, dejas de aplicar RESICO y pagas el ISR conforme al régimen que corresponda a partir del mes siguiente, según el artículo 113-E.
Por ello, lleva un control mensual de ingresos efectivamente cobrados. Además, antes de concluir que rebasaste el tope, analiza la naturaleza de cada ingreso: la Resolución Miscelánea Fiscal contempla determinados ingresos extraordinarios que no se consideran para el máximo permitido. Si estás cerca del límite, haz una proyección fiscal para anticipar el cambio y sus efectos.
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